En la publicación anterior hice referencia al mapa conceptual de Aspectos Legales y de las Licencias de SWL, así que voy a compartir algunas palabras y frases confusas según Stallman.
Palabras y frases confusas según Stallman
Comercial
Por favor no uses «comercial» como sinónimo de «no libre». Se estarían confundiendo dos asuntos completamente distintos. Un programa es comercial si se desarrolla como parte de una actividad empresarial. Un programa comercial puede ser libre o no libre, según su licencia.
Creador
aplicado a los autores, los equipara implícitamente a una deidad («el Creador»). Este término es utilizado por los editores para elevar la estatura moral de los autores por encima de la del ciudadano medio, justificando un mayor poder del copyright que los editores pueden ejercer en nombre de los autores.
Freeware
Por favor no uses el término «freeware» como sinónimo de «software libre». El término «freeware» fue utilizado con frecuencia durante la década de 1980 para hacer referencia a programas publicados sólo como ejecutables, con el código fuente no disponible.
Gestión de derechos digitales (DRM)
El software para la gestión de derechos digitales (Digital Rights Management o DRM) está diseñado en realidad para imponer restricciones a los usuarios de ordenadores. El uso de la palabra «derechos» en esta expresión responde a una propaganda pensada para que, sin darte cuenta, veas el asunto desde el punto de vista de los pocos que imponen las restricciones, mientras ignoras los derechos de los muchos a quienes las restricciones son impuestas.
Licencia de tipo BSD
La expresión «licencia de tipo BSD» lleva a confusión porque mezcla licencias que tienen importantes diferencias. Por ejemplo, la licencia BSD original con la cláusula sobre publicidad es incompatible con la GNU GPL, pero la licencia BSD revisada sí es compatible con la GPL. Para evitar confusiones es mejor nombrar la licencia específica en cuestión y evitar la vaga expresión «de tipo BSD».
Piratería
Si no crees que la copia ilegal sea como secuestrar y asesinar, podrías preferir no usar la palabra piratería para describirla. Expresiones neutrales como «copia prohibida» o «copia no autorizada» pueden utilizarse en su lugar.
RAND (razonable y no discriminatoria)
Los organismos de estandarización, que promulgan estándares restringidos de patentes que prohíben el software libre, suelen llevar a cabo una política para la obtención de licencias de patentes que requiere el pago de una tasa fija por cada copia hecha de un programa que cumpla esos estándares, término «RAND», que son las siglas de Reasonable And Non-Discriminatory («razonable y no discriminatoria»).
Software gratuito
Si quieres decir que un programa es software libre, por favor no digas que está disponible «de forma gratuita». Esa expresión significa explícitamente que tiene un «precio cero». El software libre es una cuestión de libertad, no de precio.
Software regalado
Es erróneo utilizar el término «regalar» para referirse a «distribuir un programa como software libre». Tiene el mismo problema que «software gratuito»: expresa que lo importante es el precio, no la libertad. Una forma de evitar esta confusión es decir «publicado como software libre».
domingo, 13 de junio de 2010
Aspectos legales y licencias del software libre y de código abierto
Aspectos legales y licencias del software libre y de código abierto, fue denominado el modulo 3 de la cátedra comentada en publicaciones anteriores, les comento que estuvo lleno de muchas definiciones de términos tales como:
GPL Gnu Public Licence, LGPL, “Lesser Gnu Public Licence”, BSD y BSD modificada originalmente de “Berkley Software Distribution, MIT, Originalmente X11, Licencia Artística Licencia Artística 2.0. Información recopilada del sitio web http://www.principiolegal.com/licencias.php
De estas licencias se destacaron:
• Las licencias GPL, el autor conserva los derechos de autor (copyright), y permite la redistribución y modificación, pero controlando que todas las versiones modificadas del software permanecen bajo los términos más restrictivos de la propia licencia GNU GPL.
• Licencias BSD, el autor mantiene la protección de copyright únicamente para la renuncia de garantía y para solicitar la atribución de la autoría en trabajos derivados, pero permite la libre redistribución y modificación, incluso si dichos trabajos tienen propietario.
• Copyleft, se refiere a la autorización por parte del propietario de la licencia para su copia, modificación y posterior distribución, contrariamente a lo que ocurre con el software licenciado bajo los términos de los derechos de autor. el propietario de la licencia bajo términos de Copyleft puede desarrollar una versión de dicho software bajo licencia sujeta a Copyrigth y vender o ceder este software bajo cualquiera de estas licencias, pero sin afectar a las licencias Copyleft ya otorgadas. El propietario de estas licencias puede retirar la autorización de uso de una licencia Copyleft si lo cree oportuno, pero en ese caso está obligado a indemnizar a los poseedores de las licencias en uso de este tipo.
• Freeware, se trata de un tipo de licencia en el que se autoriza el uso del software de forma libre y gratuita, aunque esta sesión pueda ser bajo determinadas condiciones, como por ejemplo que se autoriza su uso a particulares, pero no a empresas o a organismos oficiales.
• Shareware, es un tipo de distribución en el que se autoriza el uso de un programa para que el usuario lo evalúe y posteriormente lo compre.
Para mayor información consultar los sitios: http://www.gnu.org/licenses/license-list.es.html.
Para cerrar el foro realizamos la publicación del mapa mental que comprende algunas generalidades y errores relacionados al entorno legal y jurídico de la industria del Software Libre.
GPL Gnu Public Licence, LGPL, “Lesser Gnu Public Licence”, BSD y BSD modificada originalmente de “Berkley Software Distribution, MIT, Originalmente X11, Licencia Artística Licencia Artística 2.0. Información recopilada del sitio web http://www.principiolegal.com/licencias.php
De estas licencias se destacaron:
• Las licencias GPL, el autor conserva los derechos de autor (copyright), y permite la redistribución y modificación, pero controlando que todas las versiones modificadas del software permanecen bajo los términos más restrictivos de la propia licencia GNU GPL.
• Licencias BSD, el autor mantiene la protección de copyright únicamente para la renuncia de garantía y para solicitar la atribución de la autoría en trabajos derivados, pero permite la libre redistribución y modificación, incluso si dichos trabajos tienen propietario.
• Copyleft, se refiere a la autorización por parte del propietario de la licencia para su copia, modificación y posterior distribución, contrariamente a lo que ocurre con el software licenciado bajo los términos de los derechos de autor. el propietario de la licencia bajo términos de Copyleft puede desarrollar una versión de dicho software bajo licencia sujeta a Copyrigth y vender o ceder este software bajo cualquiera de estas licencias, pero sin afectar a las licencias Copyleft ya otorgadas. El propietario de estas licencias puede retirar la autorización de uso de una licencia Copyleft si lo cree oportuno, pero en ese caso está obligado a indemnizar a los poseedores de las licencias en uso de este tipo.
• Freeware, se trata de un tipo de licencia en el que se autoriza el uso del software de forma libre y gratuita, aunque esta sesión pueda ser bajo determinadas condiciones, como por ejemplo que se autoriza su uso a particulares, pero no a empresas o a organismos oficiales.
• Shareware, es un tipo de distribución en el que se autoriza el uso de un programa para que el usuario lo evalúe y posteriormente lo compre.
Para mayor información consultar los sitios: http://www.gnu.org/licenses/license-list.es.html.
Para cerrar el foro realizamos la publicación del mapa mental que comprende algunas generalidades y errores relacionados al entorno legal y jurídico de la industria del Software Libre.
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